* Asegurado.

                             * Asegurador.

                             * Contratante o Tomador.

 

 

 

 

 

                                   * Tercero asegurado.

                                   * Beneficiario/s

 

 

 

 

                            

                              * Corredores

                              * Agentes

 

 

OBLIGACIONES DE LAS PARTES

 

1-Asegurado

 

En general:

 

Obligación principal:    Pago de la Prima

 

Prima pura, neta, técnica o estadística: Valor del riesgo según una hipótesis estadística y financiera y financiera.

Prima bruta, comercial, cargada o de tarifa: Con recargos (impuestos, costo de administración, ganancias, reservas legales, etc.).

 

 

Obligaciones de Información:          

1.      Agravaciones del Riesgo

2.      Producción del Siniestro

3.      Daños Sufridos por la Cosa

4.      Celebración de otros Seguros

5.      Enajenación de la Cosa.

 

 

 

Obligaciones de Conducta: 

1.      No alterar estado del riesgo

2.      Disminución del daño (salvamiento)

 

En especial:

 

-Carga de informar estado del riesgo al inicio de relación contractual.

 

Reticencia o falsa declaración: art. 640 (Código de Comercio)

 

Garantías: declaración literalmente verdadera

Representación: declaración sustancialmente verdadera

 

A efectos de la nulidad del contrato los datos importantes son los relativos a representaciones falsas de entidad, es decir que influyan en el riesgo asumido.

 

Declaración falsa de sexo o edad

 

 

-Carga de mantener del riesgo:   Mantener estado del riesgo

 Informar alteraciones del riesgo

 

Agravación del riesgo

 

 

-Carga de evitar y disminuir los daños

 

-Prohibición de cambiar en las cosas dañadas

 

 

 

3-Beneficiarios

 

A)-Designación:

 

Primarios o primer beneficiario: parte designada para recibir el capital asegurado a la  muerte del asegurado

 

Contingentes o beneficiarios secundarios o beneficiarios sucesor: parte designada que recibirá el capital asegurado si el beneficiario primario muere antes que el asegurado.

 

Tiene derecho solamente si todos los beneficiarios primarios designados han muerto antes que el asegurado.

 

B)-Falta de Beneficiarios Sobrevivientes: 

 

La póliza se paga al Contratante de la póliza o a su sucesión.

 

 

C)-Cláusulas Especiales:

 

Cláusula de Beneficiario Preferencial: si el asegurado no designa beneficiario, la póliza prevé que el capital asegurado se pagará en un orden de preferencia.

 

Cláusula de Facilidad de Pago: montos estipulados para pagar a no beneficiarios (generalmente para afrontar últimos gastos).

 

 

 

D)-Cambio de Beneficiario:

 

Derecho de Revocación: el asegurado puede cambiar de beneficiario cuanta veces lo desee durante la vigencia de la póliza salvo que la ley limite el derecho del asegurado o que la póliza no lo permita para ciertos beneficiarios o que el propio asegurado renuncie a cambiar la designación.

 

Beneficiarios Revocables: no tiene un interés legal en el producto de la póliza, solamente una mera expectativa.

Beneficiarios Irrevocables: tienen un interés creado en el producto de la póliza, es decir un derecho que ha nacido y entrado en vigor y que no puede ser alterado sin su consentimiento.

 

Ej.: Beneficiarios onerosos: con un interés económico involucrado.

 

 

Procedimiento de cambio de beneficiarios:

 

-Únicamente en vida del asegurado.

 

Sistemas: Método de registro: -Notificación escrita

 Testigos

 Método de endoso          

 

 

 

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