La
Superintendencia de Seguros y Reaseguros
La Ley de
Desmonopolización de Seguros y Reaseguros apunta hacia un mercado de seguros abierto, supervisado por
el órgano de control creado por la misma. Corresponde a éste, por tanto,
dictar normas y definir procedimientos en los siguientes aspectos:
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§ Trámites de habilitación de empresas autorizadas por el Poder Ejecutivo |
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§ Autorización de apertura de dependencias de empresas privadas ya instaladas |
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§ Normas de prudencia tendientes a preservar y mantener la solvencia de las empresas |
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§ Normas técnicas en materia de capitales mínimos, margen de solvencia, reservas técnicas e inversiones |
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§ Normas contables, procedimientos de fiscalización, régimen informativo y publicación periódica de información |
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§ Normas relativas a fusión, absorción y transformación de entidades aseguradoras |
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§ Control de la actividad de intermediación |
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§ Régimen procesal de sanciones |
Las
funciones de la Superintendencia de Seguros y Reaseguros son:
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§ Definición de normas y estudio del marco jurídico vinculado al sector asegurador |
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§ Análisis de mercado y productos |
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§ Análisis de relaciones técnicas: primas suficientes, nivel de reservas técnicas adecuadas, e inversiones con la diversificación y liquidez que requiere el giro |
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§ Autorizaciones y registros |
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§ Fiscalización y control de entidades |
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§ Procesamiento y publicidad de información |
Nota: información extraída de la pagina oficial del Banco Central del Uruguay ( www.bcu.gub.uy )